10/10/2011

Resolución del Parlamento Europeo sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género en Naciones Unidas

La Habana, 10/10/11. El Parlamento Europeo publicó el pasado 28 de septiembre una Resolución sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad de Género en las Naciones Unidas. El documento marca pautas en el avance en la inclusión de los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgéneros en el sistema de las Naciones Unidas, como parte importante del proceso de reconocimiento de los derechos sexuales como derechos humanos universales e indivisibles por los estados y gobiernos miembros de este organismo internacional. La resolución de este grupo regional, secunda a una iniciativa similar de su homólogo en las Américas.

Se resalta  el texto de la resolución en la que el  Parlamento Europeo manifiesta su “condena con la máxima firmeza el hecho de que en algunos países, incluso en el seno de la UE, todavía se perciba la homosexualidad, la bisexualidad o la transexualidad como una enfermedad mental, y pide a los diferentes Estados que luchen contra este fenómeno; pide, en particular, la desiquiatrización de la vivencia transexual y transgénero, la libre elección del equipo encargado del tratamiento, la simplificación del cambio de identidad y la cobertura por parte de la seguridad social”.

También se destaca la propuesta del Parlamento Europeo a la Organización Mundial de la Salud, referente a la retirada de la Transexualidad y las identidades transgénero de la Clasificación Internacional de Enfermedades en su 11na edición, al manifestar que:  “ (…)se  supriman los trastornos de identidad de género de la lista de trastornos mentales y del comportamiento, y que garanticen una reclasificación de dichos trastornos como trastornos no patológicos en las negociaciones de la undécima versión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11).”

Dicho enfoque es promovido desde la Sociedad Cubana Multidisciplinaria para el Estudio de la Sexualidad (SOCUMES), a propuesta de la Comisión Nacional de Atención Integral a Personas Transexuales y se refleja en una declaración emitida en 2010.

 

      Sección Diversidad Sexual
   Sociedad Cubana Multidisciplinaria
     para el Estudio de la Sexualidad
                      

 


Resolución del Parlamento Europeo, de 28 de septiembre de 2011, sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género en las Naciones Unidas

 

El Parlamento Europeo,

 

–  Vistos la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

 

–  Vista la Resolución A/RES/60/251 de la Asamblea General de las Naciones Unidas por la que se establece el Consejo de Derechos Humanos (CDHNU),

 

–  Vista la Declaración de 16 de marzo de 2006 de la Presidencia del Consejo de la Unión Europea en nombre de la Unión Europea sobre el establecimiento del CDHNU,

 

–  Vista su Resolución, de 10 de marzo de 2011, sobre el decimosexto periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas(1) ,

 

–  Vista su Resolución, de 16 de diciembre de 2010, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos en el mundo (2009) y la política de la Unión Europea al respecto(2) ,

 

–  Vistas las anteriores declaraciones conjuntas ante las Naciones Unidas, incluidas la Declaración conjunta para poner alto a los actos de violencia y a las violaciones de derechos humanos dirigidos contra las personas por su orientación sexual e identidad de género, presentada el 22 de marzo de 2011 ante el Consejo de Derechos Humanos, y la Declaración sobre derechos humanos y orientación sexual e identidad de género, presentada el 18 de diciembre de 2008 ante la Asamblea General,

 

–  Vista la Resolución A/HRC/17/19 del CDHNU, de 17 de junio de 2011, sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género,

 

–  Vistos el decimoséptimo periodo de sesiones del CDHNU, en el que se adoptó la Resolución A/HRC/17/19 sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género, y el decimonoveno periodo de sesiones del CDHNU, en el que se celebrará la mesa redonda que establece la Resolución A/HRC/17/19,

 

–  Vistas la Resolución 1728 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, de 29 de abril de 2010, sobre la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género y la Recomendación del Comité de Ministros CM/Rec(2010)5 de 31 de marzo de 2010 sobre medidas para combatir la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género,

 

–  Vista la Resolución AG/RES. 2653 de la Organización de Estados Americanos, de 7 junio 2011, sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género,

 

–  Visto el informe de la Agencia de los Derechos Fundamentales sobre homofobia, transfobia y discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género, de noviembre de 2010,

 

–  Vistos los artículos 2, 3, apartado 5, 18, 21 y 27 del Tratado de la Unión Europea y el artículo 10 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

 

–  Visto el Manual del Consejo de la Unión Europea para promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos por parte de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero,

 

–  Vista la Declaración de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad/Vicepresidenta de la Comisión sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género ante las Naciones Unidas,

 

–  Visto el apartado 2 del artículo 110 del Reglamento,

 

A.  Considerando que el respeto de los derechos humanos y el fomento y la protección de su carácter universal forman parte del acervo ético y jurídico de la Unión Europea y constituyen una de las piedras angulares de la unidad e integridad europeas;

 

B.  Considerando que diariamente se cometen numerosas violaciones de los derechos humanos relacionados con la orientación sexual y la identidad de género tanto en la Unión Europea como en terceros países;

 

C.  Considerando que la Unión Europea y sus Estados miembros deben garantizar el respeto de los derechos humanos en sus propias políticas y prácticas, con el fin de reforzar y dar credibilidad a la posición de la Unión Europea en el CDHNU;

 

D.  Considerando que la Unión Europea atribuye una importancia primordial a los derechos humanos universales e indivisibles;

 

E.  Considerando que la Unión Europea ya incluye la orientación sexual y la identidad de género en su trabajo en las Naciones Unidas, en organismos regionales y en el marco de algunos de sus diálogos bilaterales sobre derechos humanos;

 

F.  Considerando que la Resolución del CDHNU sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género es la primera resolución adoptada en las Naciones Unidas que trata específicamente de la orientación sexual y la identidad de género;

 

G.  Considerando que Estados de todas las regiones, incluidos todos los Estados miembros de la UE en el CDHNU, votaron a favor de la Resolución sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género, y que veintiún Estados miembros de la UE patrocinaron la Resolución;

 

H.  Considerando que varios órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos, relatores especiales y agencias especializadas, así como el Secretario General de las Naciones Unidas y Alto Comisionado para los Derechos Humanos han manifestado su grave preocupación por las violaciones de los derechos humanos que sufren las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero (LGBT) en todo el mundo;

 

I.  Considerando que otras instituciones regionales, incluidos el Consejo de Europa y la Organización de Estados Americanos, han adoptado recientemente resoluciones en las que condenan las violaciones de los derechos humanos por motivos de orientación sexual e identidad de género;

 

1.  Reitera su preocupación por las numerosas violaciones de los derechos humanos y la discriminación generalizada por motivos de orientación sexual e identidad de género, tanto en la Unión Europea como en terceros países;

 

2.  Reconoce y apoya el trabajo ya emprendido por el Consejo de Derechos Humanos, el Secretario General de las Naciones Unidas, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos, los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados de derechos humanos, relatores especiales y otras agencias de la Naciones Unidas para garantizar la plena vigencia de las normas internacionales de derechos humanos, con independencia de la orientación sexual y la identidad de género de las personas;

 

3.  Celebra la aprobación de la Resolución A/HRC/17/19 sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género por el CDHNU;

 

4.  Llama la atención sobre el hecho de que la resolución recibió el apoyo de Estados de todas las regiones y fue redactada por Sudáfrica; reitera que los derechos humanos son universales e indivisibles y se aplican a todos por igual, con independencia de la orientación sexual y la identidad de género;

 

5.  Apoya la organización de una mesa redonda durante el decimonoveno periodo de sesiones del CDHNU, en la primavera de 2012, para mantener «un diálogo transparente, informado y constructivo sobre el tema de las leyes y prácticas discriminatorias, así como los actos de violencia contra las personas basados en su orientación sexual y su identidad de género»; considera indispensable mantener un diálogo respetuoso y abierto sobre derechos humanos, orientación sexual e identidad de género entre Estados miembros de las Naciones Unidas de todas las regiones;

 

6.  Celebra el apoyo permanente de los Estados miembros de la UE y de la Vicepresidenta de la Comisión y Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad a la inclusión de la orientación sexual y la identidad de género en los trabajos del CDHNU y otros organismos de las Naciones Unidas, incluso en el caso de anteriores declaraciones y declaraciones conjuntas;

 

7.  Recuerda que el Manual para promover y proteger en el futuro el disfrute de todos los derechos humanos por parte de las personas LGBT, del Consejo de la Unión Europea, también menciona entre las prioridades clave la despenalización de la homosexualidad en todo el mundo, la igualdad y la no discriminación, así como la protección de los defensores de los derechos humanos; opina que la Alta Representante, todas las instituciones de la UE y los Estados miembros deben defender sistemáticamente estas prioridades a nivel interno en las relaciones exteriores;

 

8.  Pide a la Alta Representante y a los Estados miembros que, en asociación con terceros países, promuevan sistemáticamente la protección y el respeto de los derechos humanos en lo referente a la orientación sexual y la identidad de género en las Naciones Unidas y otros foros multilaterales, y de manera bilateral en sus diálogos sobre derechos humanos;

 

9.  Anima a los Estados miembros a que, de manera constructiva y en asociación con terceros países, participen en el Examen Periódico Universal y en procedimientos de órganos creados en virtud de tratados para velar por el pleno respeto de los derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género en la Unión Europea y en terceros países; anima a los Estados miembros y a la Alta Representante, con este fin, a que velen por la coherencia entre la acción interior y la acción exterior de la UE en el ámbito de los derechos humanos, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 21, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea;

 

10.  Pide a la Alta Representante, a la Comisión y a los Estados miembros que, en asociación con terceros países, también promuevan los derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género mediante diálogos bilaterales sobre derechos humanos y el Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH) y otros instrumentos de financiación exterior;

 

11.  Lamenta que los derechos de las personas LGBT aún no se respeten siempre plenamente en la Unión Europea, en particular el derecho a la integridad física, el derecho a la vida privada y la vida familiar, el derecho a la libertad de opinión y de expresión, el derecho a la libertad de reunión, el derecho a la no discriminación, el derecho a la libertad de circulación incluido el derecho a la libertad de circulación para las parejas del mismo sexo y sus familias, el derecho a acceder a la atención sanitaria preventiva y a beneficiarse de la atención sanitaria y el derecho de asilo;

 

12.  Recuerda a los Estados miembros la obligación de proteger o conceder asilo a los nacionales de terceros países que huyan o corran el riesgo de ser perseguidos en sus países de origen debido a su orientación sexual, tal como se estipula en la Directiva 2004/83/CE(3) por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida;

 

13.  Condena con la máxima firmeza el hecho de que en algunos países, incluso en el seno de la UE, todavía se perciba la homosexualidad, la bisexualidad o la transexualidad como una enfermedad mental, y pide a los diferentes Estados que luchen contra este fenómeno; pide, en particular, la desiquiatrización de la vivencia transexual y transgénero, la libre elección del equipo encargado del tratamiento, la simplificación del cambio de identidad y la cobertura por parte de la seguridad social;

 

14.  Llama la atención sobre las constataciones expuestas por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en su informe sobre homofobia, transfobia y discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género; pide a la Comisión y a los Estados miembros que actúen en relación con las opiniones recogidas en el informe en la mayor medida posible;

 

15.  Pide a los Estados miembros, a la Comisión y al SEAE que remedien plenamente estas desigualdades; pide una vez más a la Comisión que presente un plan de trabajo exhaustivo contra la homofobia, la transfobia y la discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género;

 

16.  Pide a la Comisión y a la Organización Mundial de la Salud que supriman los trastornos de identidad de género de la lista de trastornos mentales y del comportamiento, y que garanticen una reclasificación de dichos trastornos como trastornos no patológicos en las negociaciones de la undécima versión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11);

 

17.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Comisión, al Consejo de la Unión Europea, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Secretario General de las Naciones Unidas.

 

Fuente: Sitio Oficial de la Unión Europea

 

El destaque en negritas hace referencia a los aspectos que nuestra redacción le concede mayor importancia,  en el contexto de la  polémica actual en el marco académico, político y de defensores de los DDHH LGBTI.

 

10/04/2011

¿Dignificar lo indignificable?

Por: Alain Darcourt, coordinador del Grupo HxD Cienfuegos

 

Hace unos años cuando comenzaban en nuestro país las campañas por el respeto a la libre y responsable orientación sexual, un amigo en tono de broma me comentaba no hay pájaro bueno ni tamarindo dulce reproduciendo en una frase todos los mitos, prejuicios y creencias negativas que el desconocimiento de la realidad homosexual ha ido construyendo en el imaginario colectivo, que incluye obviamente a las mismas personas sexo diversas. Como argumentos: las conductas llamativas, el cambio frecuente de pareja, la pérdida de valores, el comportamiento social…

Cuando confronté sus argumentos con los míos, contrarios a su afirmación, digamos que, cuando menos, en todos los grupos humanos hay personas comunes, con una vida responsable, productiva para si mismos, su pareja, familia y para la sociedad, personas excepcionales por su desempeño político, científico, artístico, militar, patriótico y en diversas esferas de la vida y personas patológicas o desviadas en lo personal y/o lo social: con trastornos de personalidad, u otros trastornos más o menos profundos… me replicó: si, pero fíjate en todos esos “bajiticos” y en los travestis…

Después de varias horas de discusión convenimos que no pueden pagar justos por pecadores, y comprendió que la homosexualidad es una orientación sexual que en sí misma sólo tiene efectos menores sobre el desarrollo de la personalidad (como cualquier identidad asumida sobre las configuraciones de sentido que integran la personalidad, digamos por ejemplo la propia heterosexualidad o las creencias religiosas) y sobre todo, que los múltiples condicionamientos de crianza, educativos, de género, los medios de comunicación y muchos otros factores sociales, son los determinantes en la conformación de las actitudes y conductas de los sujetos.           

Recordaba que Schofield, psicólogo norteamericano apuntó: “Muchos de los problemas que abruman al homosexual son creados por la hostilidad de la sociedad… las actitudes, no del homosexual, sino de las demás personas hacia esta condición, crean una situación que puede tener un efecto profundo en el desarrollo de la personalidad y puede conducir a un deterioro del carácter de un género que impide la integración efectiva en la comunidad…”                                                                                                       

Las personas con una orientación sexual e identidad de género diferente a la heterosexualidad dominante construyen su identidad sexual y personal con los referentes más negativos que sobre sí mismos va naturalizando nuestra cultura desde la familia, la escuela, las organizaciones sociales, los medios masivos de información y el resto de los elementos que intervienen en la educación y formación del sujeto; educándose además en ambientes que tienden a ridiculizar, agredir y cuestionar la homosexualidad, observando como modelo la relación heterosexual y los roles estereotipados de género, y en los peores casos, viviendo en condiciones de marginalidad que los convierte en individuos especialmente vulnerables ante el abandono temprano del sistema educativo, la falta de una profesión, la ausencia del grupo primario de apoyo y contención que es la familia, la baja autoestima, la inseguridad, la ira, la depresión, la desesperanza, el temor, la frustración…

La comprensión de esta difícil realidad es compleja para los hombres y mujeres heterosexuales, lejos de este sufrimiento, cuyas creencias se convierten en productos enquistados de los condicionamientos de su tiempo, mucho peor si no tienen una formación humanista, y que asumen que el comportamiento social “irritante” (de una parte de ellos) debe ser el comportamiento de todos “los de su especie” y que la causa fundamental, sino la única, está en “la perversión moral que entraña” (como le escuché decir a un funcionario). Visto así, la homofobia es innegablemente un mecanismo represivo que utiliza el poder patriarcal para perpetuar su hegemonía desde el heterosexismo, por tanto, es política y es ideología.

Al respecto, el sociólogo francés Louis-Georges Tin decía “por lo demás, las teorías teológicas, morales, jurídicas, médicas, biológicas, sicoanalíticas, antropológicas, etc, nunca son más que razones inventadas para justificar después una convicción íntima, evidentemente injustificable, según los dispositivos en consonancia con las creencias del momento... “, dispositivos generadores de poder según Foucault. La reacción esencia de estos sujetos ante la otredad sexual puede definirse con las palabras de Margarite Yourcenar, en su obra “Alexis o el Tratado del Inútil Combate”: …echan la culpa a los malos ejemplos, al contagio moral y sólo retroceden ante la dificultad de explicarlos. No saben que la naturaleza es más diversa de lo que suponemos: no quieren saberlo porque les es más fácil indignarse que pensar…

Pero lo que resulta verdaderamente lastimoso, es encontrar todavía en boca de gays, lesbianas, bisexuales y transgéneros (LGBT), frases despectivas, cuando no abiertamente homofóbicas hacia sus iguales, máxime cuando experiencias de vida similares han acontecido, y resulta fácilmente entendible que quienes no tuvieron la suerte de enfrentar contextos menos estigmatizantes y discriminatorios y no han logrado escalar en el orden social o de crecimiento personal y espiritual, se debe fundamentalmente a no haber podido encontrar un resquicio ante las generalizadas actitudes y prácticas de una homofobia sistemática, y la capacidad adaptativa de desarrollar mejores habilidades sociales para ser menos vulnerables. ¿Son por ello seres inferiores carentes de derechos? Ya sabemos a donde han conducido las teorías de la selección natural aplicadas a la sociedad.

Claro que también las personas con sexualidades no heterosexuales, en su ignorancia acrítica, reproducen los estereotipos y argumentos que los centros de poder generan acerca de los fenómenos periféricos (como ocurre alrededor del color de la piel, los orígenes étnicos, por razones religiosas, culturales, etc), pero cuando estas posiciones son asumidas por ciertos individuos de la comunidad LGBT habitualmente marginados que ahora pretenden asumir las reglas del juego discriminatorio para coquetear con mejores posiciones sociales o el poder mismo, ¿acaso hay mayor falta de dignidad que la prostitución del alma y el carácter? para quienes las banderas que ha levantado Mariela (y todos los que nos hemos sumado a ese activismo) no valen la pena porque no se puede dignificar lo indignificable… sin dudas, lo lastimoso se vuelve agraviante, desde sus egos deformados, y más, también sabemos que significa personificar en la directora del CENESEX y esta institución, lo que constituye una política de estado para conquistar toda la justicia social posible.

En este caso si recordé a mi abuelita y la siempre cuestionable sabiduría popular: no hay peor cuña que la del mismo palo.

01/10/11

10/03/2011

Crónica Sobre Jornada Científica en CENESEX

 Por Mercedes García          

                                       

Cuando sonó el reloj no sentí esas ganas de desaparecerlo para quedarme un rato más en los brazos de ella y no precisamente en los de Morfeo.

Sucede que siempre cuando se trata de participar en algún evento del  CENESEX,  siento como una adrenalina, un placer que imagino relacionado  con esa seguridad de saber que voy con mochila vacía y regreso con ella llena de saberes,  experiencias y el sospechómetro activado  al constatar, como en esta Jornada Científica: Habana Sexología,  que  queda un buen  trecho por  andar para naturalizar  la diversidad y los derechos sexuales al tratar temas de  salud  sexual de l@s human@s.

Durante dos días de esta Jornada y de sol a sol, permanecí en las  salas escuchando las intervenciones brillantes de  especialistas  sobre  reproducción asistida, la pareja cubana actual, programas terapéuticos para mejorar la calidad de la relación de pareja,  salud reproductiva, ideales de pareja, climaterio, perimenopausia, postmenopausia y disímiles bondades emanadas de serios estudios pero sustentados sólo en la investigación de la pareja heterosexual o la mujer y el hombre heteros.

Mis expectativas de verme en esos estudios  se alejaron por el camino de la invisibilidad.  Al acercarme a algunas de esas especialistas,  mujeres maravillosas y comprometidas con el  mejoramiento de la calidad de vida  y   trasladarles mi inquietud,  constaté que me consideraban incluida por ser mujer,  otras exclamaban: ¡caramba!,  es cierto.

Parecería,  por ejemplo,  que  con mi orientación lésbica  soy una mujer como todas, solo que amo a otra mujer. Muchos estarían totalmente de acuerdo con esta afirmación en aras de no discriminar e incluir.

Soy mujer pero diferente por varias razones.  En primer lugar, al romper el modelo heterosexual por amar a una persona de mi mismo sexo,  quedo  inmediatamente devaluada e invisibilizada  no sólo como mujer,  sino también como ser humano. Piensan que soy una mujer que quiere ser un hombre y que mis relaciones de pareja se fundamentan en que una hace de hombre y otra de mujer.

Muchas lesbianas viven ocultando su orientación erótico-afectiva, actuando un personaje delante de quienes  más aman, la familia o en sus trabajos donde pasan la mayor parte del día. Renunciamos  a la maternidad o se nos priva de ese derecho humano al no poder disfrutar como parejas de las bondades de la maternidad asistida. Los servicios de salud no poseen el conocimiento de nuestras necesidades,  la ley no nos protege explícitamente y se nos veta el derecho a la información basada en el conocimiento científico al no vernos en  la mayoría de esos estudios.

Si desea tener una idea aproximada de esta realidad,  imagine por un día que es alguna  de nosotras.  Responda con evasivas o mienta deliberadamente sobre su orientación sexual, piense que esas personas que hoy le tratan, le admiran y reciben tan amablemente no la tratarían igual si dijera la verdad.  Salga a pasear con su compañero e imagínese en un mundo donde el amor entre hombre y mujer fuese sancionado, donde sufriera usted violencia por heterofobia, donde tuviese que pasar horas en espacios  públicos sin tocar, besar o abrazar cariñosamente a la persona que su corazón eligió,  imagine no tener reconocimiento y protección como  una familia, como cualquier otra familia que enfrenta serios retos para ser exitosa,  feliz, en fin,  funcional…y no entiende usted ¿por qué? si siente que tiene todo lo humanamente necesario para ello y es amor,  responsabilidad por ese sentimiento y derechos.

Piense que la mayoría de nosotras vive así. ¿Con un día de su vida bajo esas condiciones,  le parece que somos iguales?

Tengo inquietudes, quiero saber   qué sucede con la mujer lesbiana al enfrentar el padecimiento del climaterio, cómo asume la pareja lésbica este proceso, qué precio paga nuestra salud al no lograr el desarrollo integral de la  personalidad por  meras valoraciones subjetivas del rol,  cómo enfrentar el envejecer con o sin pareja,  el cáncer cérvico uterino y de mamas en mujeres lesbianas,  la atención primaria de salud y la mujer lesbiana,  entre otros temas medulares.   Si no hay diferencias me gustaría conocerlo por estudios serios que lo demuestren. Tal vez los resultados ayudarían también a las mujeres con otras orientaciones.

Agradezco la posibilidad  que me brinda siempre el CENESEX, como miembro de sus redes sociales de  participar en todo tipo de evento que organiza y a sus especialistas, que desde las distintas profesiones,  están prestos a intercambiar saberes con nosotr@s  para unidos impactar el muro de la ignorancia, el estigma y la discriminación.

Esto es sólo y con toda humildad  una  incitación de exigibilidad a la reflexión.  No creo justo venir al CENESEX,  un lugar donde se venera y promueve el  respeto a la diversidad, para hablar de salud sexual y no hacerlo desde esa plataforma.

Aunque me expresé como mujer lesbiana y miembro  del grupo  de reflexión HxD,  aclaro que en temas de diversidad  y derechos  sexuales,  asumidos como genuinos derechos humanos, me siento también gay, bisexual,  trans,  inter y heterosexual,  además de otras orientaciones que puedan identificarse mañana. 

[Grupo HxD]

 

La  Habana,  29 de septiembre de 2011